La AJB denuncia graves incumplimientos de las medidas sanitarias dispuestas a nivel nacional para enfrentar el COVID 19. Ante el recrudecimiento de la epidemia se analiza el pedido de intervención de autoridades nacionales.
En un marco de aceleramiento de la cantidad de contagios, los expertos que asesoran al Poder Ejecutivo Nacional pronostican que el pico máximo de demanda podría darse dentro de los 30 a 45 días, teniendo en cuenta el flujo de nuevos casos y la apertura de ciertos aspectos de la vida económica y social que se va autorizando.
El principio general sobre el que se asienta la estrategia sanitaria diseñada por las y los científicos del consejo asesor radica en la administración de los “tiempos” de la cuarentena, sosteniendo las medidas de aislamiento en cuanto sea posible para controlar el crecimiento en los casos.
Por lo tanto, la proyección de contagios se realiza ponderando que aquellas actividades que se vayan incorporando lo hagan de manera restringida y bajo absoluto control de las autoridades sanitarias. Eso enseña la experiencia internacional en la materia, que resalta que una vez perdido el control del contagio pandémico, las muertes por colapso sanitario son inevitables y extremadamente numerosas. En función de ese desarrollo, toda modificación del escenario actual requiere de la evaluación y aprobación de quienes están a cargo de planificar la estrategia sanitaria.
En ese escenario, queda de manifiesto que la Suprema Corte no posee facultades para disponer por sí y sin la evaluación de las autoridades competentes la modificación de las medidas sanitarias vigentes en materia de aislamiento social obligatorio, que establecen para el Poder Judicial un régimen restringido a la circulación del personal afectado a los órganos de turno (Dec. PEN 297/20, art. 6 inc. 3).
Por otra parte, el fuerte incremento en la cantidad de contagios y nuevas muertes registrado en los últimos días, así como su concentración en las jurisdicciones de la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires, no dejan lugar a dudas de que no hay justificación sanitaria alguna para flexibilizar la cuarentena, disponiendo la atención de cuestiones no urgentes en una actividad que no reviste carácter esencial.
Sumado a esto, debemos resaltar las graves dificultades que tiene el Poder Judicial para establecer protocolos adecuados de protección para las personas afectadas al trabajo presencial. Aún peor, transcurridos más de cincuenta días de cuarentena, no se ha podido garantizar la provisión a todos los organismos en funcionamiento de los insumos de protección básicos (alcohol en gel, guantes de látex, barbijos, máscaras faciales, productos de limpieza, entre otros).
A esa situación de improvisación y/o desidia por parte de nuestro empleador, se suma la penosa y mil veces denunciada situación edilicia, que torna imposible garantizar las medidas de distanciamiento y donde frecuentemente faltan elementos tan vitales como el agua y el jabón.
Un párrafo aparte merece la distribución de “barreras de protección” para las mesas de entradas de toda la provincia, las que fueron aprobadas por la Suprema Corte priorizando el costo económico por sobre su efectividad para garantizar aislamiento y descontaminación. Esos dispositivos tienen serias dificultades para mantener el equilibrio, por el tipo de materiales utilizados progresivamente se dificulta la visión y no permite una desinfección adecuada. Esta solución es un símbolo de la improvisación y la falta de seriedad con que la Corte viene adoptando medidas en el marco de la crisis sanitaria.
Ante la complejidad de la situación expuesta, la AJB considera extremadamente peligrosa la puesta en funcionamiento de nuevos procesos y actividades que conlleven la presencia física de personal en los edificios judiciales o en entornos donde no se pueden controlar las condiciones de prevención de contagios (diligencias de oficiales de justicia o notificadores o ciertas intervenciones periciales).
Aquí es necesario destacar que esta Corte ni siquiera ha cumplido con el deber de controlar el flujo de trabajadores y trabajadoras realizando trabajo presencial de acuerdo a las disposiciones del Poder Ejecutivo y las resoluciones del propio Tribunal, debiendo esta entidad gremial en infinidad de situaciones denunciar el incumplimiento para lograr su normalización.
La propuesta de la AJB
Para encauzar esta situación, luego del dictado de la Resolución 480/20 el gremio judicial realizó a la Suprema Corte una propuesta para constituir un Comité de Crisis con participación de la Procuración General, donde se garantice un monitoreo en tiempo real de la cantidad de personas realizando tarea presencial en toda la provincia, se elaboren protocolos de prevención de carácter general y por sector de actividad, y se controle su cumplimiento.
Transcurridas casi dos semanas de su presentación, la Corte no ha dado respuesta alguna. Por el contrario, luego de que la AJB denunciara que sólo tres días después de dictada la Res. 480/20 el personal presencial se incrementó en un 20%, el Tribunal dio instrucciones para que se deje de informar al gremio los datos que arroja el presentismo: clara señal de que ese número continúa creciendo.
En caso de no tener una respuesta satisfactoria por parte de la Suprema Corte, los equipos de la AJB están trabajando en la presentación de denuncias ante las autoridades nacionales y provinciales de las carteras de Salud y Trabajo, así como las denuncias penales que correspondan por la violación de las medidas de aislamiento obligatorio.
La AJB sigue priorizando el cuidado de la vida y la salud de quienes trabajamos en el Poder Judicial y de nuestras familias.
#QuedateEnCasa