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    “La apertura debe ser gradual y consensuada”

    11 de noviembre de 2020
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    La AJB requirió a la Suprema Corte que frente a los cambios dispuestos por las autoridades nacionales para el AMBA y La Plata el nuevo régimen laboral deberá mantener restricciones acordadas con la organización sindical frente a la pandemia por coronavirus.

    AmbnovBBB

     

     

     

     

     

     

     

     

    En el marco de la pandemia de COVID-19, el gobierno nacional dispuso esta semana el paso a una nueva etapa de distanciamiento social en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y La Plata, entre otros distritos.

    Ante este cambio de situación que habilitaría mayores aperturas, la Suprema Corte de Justicia de la provincia dictó la Resolución 64/20, por la que se dispone la prórroga de las medidas dispuestas hasta el momento y encomendó a las Secretarías de Personal, Servicios Jurisdiccionales y Planificación la elaboración de un plan de readecuación del funcionamiento judicial para esas jurisdicciones.

    Frente a ese escenario, la AJB manifestó en una reunión requerida al efecto con los funcionarios a cargo de las áreas mencionadas su preocupación y rechazo a la habilitación plena del funcionamiento judicial en los departamentos judiciales involucrados, dado que pese a la caída de los casos aún se registra un alto nivel de contagios diarios en la zona del AMBA y La Plata, lo que se refleja en la cantidad de trabajadores y trabajadoras judiciales que transitaron o transitan la enfermedad en esos territorios, según los datos aportados por la Dirección General de Sanidad de la Suprema Corte.

    Además, exigió a la Suprema Corte en una presentación formalizada el día de hoy que el proceso de reapertura se establezca de manera progresiva y acordado con el sindicato, en función de la verificación conjunta de las condiciones de seguridad e higiene necesarias en cada uno de los fueros, jurisdicciones y funciones.

    Hasta tanto eso se produzca, la AJB sostiene que debe mantenerse el régimen de trabajo dispuesto en la Resolución 480/20, priorizando la realización de tareas de manera remota a través de los medios informáticos existentes.

    También se remarcó la necesidad de que en la nueva etapa se mantenga la dispensa para el trabajo presencial a las y los empleados y funcionarios que formen parte de los grupos de riesgo, quienes se encuentran al cuidado de niños y niñas en edad escolar y/o adultos mayores, así como a quienes deban trasladarse utilizando el transporte público.

    Por último, el gremio reclamó que se garantice el cumplimiento de las medidas establecidas en los protocolos de prevención en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19 y se habilite la discusión paritaria de los protocolos sectoriales para tareas y funciones especiales, como las pericias realizadas dentro y fuera de sede, el diligenciamiento de cédulas y mandamientos, las tareas de mantenimiento, de informática y la realización de autopsias y otras prácticas criminalísticas.

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