Ante consultas realizadas por compañeros y compañeras sobre los motivos por los cuales en el recibo de haberes de agosto (Período 2019-08) figura como un descuento el monto del incremento del 13% liquidado como un adicional en los haberes de julio (ver en el recibo el rubro DESC.ANTI.JUL 19), habiendo realizado la correspondiente consulta al Instituto de Previsional Social se informa:
Que dicho descuento obedece exclusivamente a una corrección de la liquidación anterior, por lo que en agosto se descuenta lo que se liquidó en el mes de julio, y se realiza la correcta liquidación de dicho aumento, retroactivo a julio, en el rubro “mensualidades atrasadas”.
Por lo tanto, despejamos cualquier duda sobre una posible liquidación incorrecta de los haberes jubilatorios.
Comisión Directiva Provincial | 29 de agosto de 2019