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    Paritaria 2018: Paro y Movilización

    3 de septiembre de 2018
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    La Asociación Judicial Bonaerense realizará un paro total de actividades el próximo miércoles 5 de septiembre, con movilización a la Suprema Corte de la provincia.

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    Mediante esta nueva medida de fuerza, resuelta a partir del mandato de las asambleas realizadas en los diecinueve departamentos judiciales, la AJB reclama la continuidad de la paritaria salarial suspendida unilateralmente por el Ejecutivo a fines de mayo.

    En el marco del paro, el gremio judicial movilizará a la sede de la Suprema Corte reclamando que se haga efectiva la medida cautelar dispuesta por el Tribunal de Trabajo 3 de La Plata el pasado 13 de julio. Esta resolución obliga al Ejecutivo provincial a actualizar los salarios de empleadxs y funcionarixs judiciales de acuerdo a la variación de inflación que publica mensualmente el INDEC, y a reanudar las negociaciones salariales.

    La AJB realizó presentaciones exigiendo se intime al Ejecutivo a cumplir con lo ordenado en la medida cautelar, atento que pese a estar recurrida se encuentra vigente en cuanto el recurso interpuesto por el Fisco provincial no suspende sus efectos.

    La AJB ha sido notificada el viernes pasado que cinco de lxs seis Ministrxs de la Suprema Corte –Eduardo De Lazzari no firmó la resolución- decidieron excusarse de intervenir en la resolución del recurso de apelación interpuesto por el Ejecutivo. En consecuencia, el Tribunal deberá integrarse con otros magistrados de acuerdo a lo que establece el art. 31 de la ley 5827.

    “La Suprema Corte ha puesto obstáculos insalvables a la efectivización de la medida cautelar, para después deshacerse del expediente luego de un mes de demora deliberada, en un claro alineamiento con la política de ajuste del gobierno provincial”, señaló Pablo Abramovich, Secretario General de la AJB.

    En función de la situación descripta, la AJB realizará este miércoles un acto de repudio en la Suprema Corte, donde exigirá la urgente continuidad del trámite y la devolución del expediente al Tribunal de Trabajo a efectos que se garantice el cumplimiento de la medida cautelar.

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